El pasado 24 de diciembre de 2008 en el post “Indultos Irresponsables…” he de corregir un error, en la parte que versa:
“…no se meta en los demás poderes del Estado, pues eso es ingerencia y violenta todos los principios de separación de poderes y del estado de derecho…”
Este comentario es erróneo, pues el numeral 27 de articulo 55 de la Constitución de la República faculta al Presidente a otorgar estos indultos si necesidad de comentar, consultar o justificar su decisión; por lo cual el tema de ingerencia en otros poderes del Estado no ha sucedido.
Con esto aclaro que el tema de los indultos no es en términos legales, pues la decisión es totalmente legal, el tema es ético…
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1 Melissa Hernandez // Jan 3, 2009 at 6:53 am
Hola Primo! Siempre sigo tus escritos…
A proposito de etica, te invito a visitar el blog de mi suegro, y su ultimo post relacionado con la Etica de la Compasion…
http://eticabioetica.obolog.com/etica-compasion-180370
Saluditos,
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